Noticias de interés
Elaboración de Estudios para la atribución de las rentas y ganancias ocasionales a establecimientos permanentes y sucursales:
De conformidad con lo establecido en el artículo 20-2 del Estatuto Tributario, para efectos de la determinación de los activos, pasivos, capital, ingresos, costos y gastos atribuibles a un establecimiento permanente o sucursal durante un año o periodo gravable, se deberá elaborar un estudio, de acuerdo con el Principio de Plena Competencia, en el cual se tengan en cuenta las funciones, activos, personal y riesgos asumidos por la empresa a través del establecimiento permanente o sucursal y de las otras partes de la empresa de la que el establecimiento permanente o sucursal forma parte, en la obtención de rentas y de ganancias ocasionales.
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Con este decreto queda oficialmente derogado el decreto 4349 de 2004
Decreto 014 del 9 de enero de 2014 deroga el 3029 del 27 de diciembe 2013 sobre las tarifas de autorretención del CREE:
A raíz de que el Decreto 3029 de diciembre 27 de 2013 el cual modificaba las tarifas de autorretención del CREE a partir de enero de 2014 no fue publicado en el diario oficial de dicha fecha , ni tampoco en ninguno de los otros diarios que se alcnazaron a expedir hasta diciembre 31, el Gobierno mediante nuevo Decreto 014 de enero 9 de 2014, el cual sí fue publicado en el diario oficial de enero 9 de 2014 DEROGA el Decreto 3029 y vuelve a reexpedir la tabla con las nuevas tarifas de autorretención del CREE que aplicarían a partir del 9 de enero de 2014.
En consecuencia, entre enero 1 y 8 de 2014 se tendrían que haber calculado las autorretenciones con las antiguas tarifas.
NUEVAS TARIFAS DE AUTORRETENCIÓN CREE
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN recordó a los contribuyentes que, de conformidad con el Decreto 1828 de 2013, a partir del 09 de enero las tarifas de autorretención de impuesto sobre la renta para la equidad – CREE cambiaron del 0.3% al 0.4%; del 0.6% al 0.8% y del 1.5% al 1.6%
Ley 1 del 8 de enero de 2014:
El viernes 10 de enero fue ratificada por el Órgano Ejecutivo la Ley 1 del 8 de enero de 2014, por la cual se deroga oficialmente la Ley 120 del 30 de diciembre de 2013. Esta norma modificaba a su vez, el Artículo 694 del Código Fiscal de Panamá, cambiando el régimen de imposición actual, de territorial a mundial. A partir de la fecha este artículo queda reversado de forma retroactiva por el gobierno de la República de Panamá.